El Tribunal Electoral de la Ciudad de México había anulado esta elección por presunta violencia política de género.
La Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la nulidad de la elección en la alcaldía Cuauhtémoc y confirmó el triunfo y la entrega de constancia de mayoría a Alessandra Rojo de la Vega.
El Tribunal había anulado esta elección por presunta violencia política de género; sin embargo, la Sala Regional determinó que no se acreditó esta conducta durante las elecciones. Asimismo, se desestimó la calumnia electoral que denunciaba Catalina Monreal.
Del examen completo realizado de los mensajes y su intención, no se visualizó ningún propósito o resultado discriminador contra Catalina Monreal por el hecho de ser mujer o con contenido estereotipado.
Se mencionó que los comentarios emitidos por Rojo de la Vega únicamente respondió a diversos cuestionamientos en los que fijó una postura considerando a su contrincante como parte de un grupo político, Los Monreal.
Las expresiones emitidas no fueron usadas con la finalidad de demeritar a la parte denunciante por el hecho de ser mujer, las expresiones se usaron para expresar su posición dentro de un grupo político y de su desarrollo en las actividades políticas.
Se razona que estos hechos forman parte de actos de campaña en los que se busca ganar adeptos o convencer al electorado, y no fueron usados por Rojo de la Vega para denigrar a Catalina Monreal por ser mujer, sino para contextualizar al grupo político al que pertenece.
En la propuesta se precisa que no nombrar a Catalina Monreal no conlleva por sí mismo a invisibilizarla por cuestiones de género, sino que esto puede significar una estrategia publicitaria electoral que tenga como finalidad no exponer el nombre de la candidatura contrincante.