Multas y arrestos por perros apestosos, ataques y popó sin recoger en CDMX

La Ley de Cultura Cívica de la CDMX establece en su Artículo 15, fracción XVI, la responsabilidad de los dueños de mascotas de prevenir que sus animales causen daño o molestia a otras personas.

En la capital, donde el 61.4% de los hogares tiene mascotas, se ha hecho hincapié en la necesidad de mantener el orden y la seguridad en relación con los animales de compañía. Recientemente, se ha destacado la importancia de cumplir con las normas establecidas para evitar problemas como malos olores, la falta de recogida de excrementos y los ataques de perros a personas u otros animales.

Una de las principales quejas de los habitantes de la ciudad está relacionada con los propietarios de mascotas que no recogen las heces de sus perros en espacios públicos, parques y vías públicas, generando molestias y un ambiente poco higiénico. Además, los malos olores de las mascotas y los ataques de perros a personas y otros animales también han sido motivo de preocupación.

En este sentido, la Ley de Cultura Cívica de la CDMX establece en su Artículo 15, fracción XVI, la responsabilidad de los dueños de mascotas de prevenir que sus animales causen daño o molestia a otras personas.

La ley también establece lineamientos para el trato de los animales de compañía, reconociéndolos como seres sintientes que merecen un trato digno, de acuerdo con lo establecido en la Constitución de la Ciudad de México.

En relación con las infracciones relacionadas con mascotas, el Artículo 27 de la ley advierte sobre las multas por tener animales de compañía sin adoptar medidas de higiene para evitar malos olores o la presencia de plagas que puedan molestar a los vecinos. Estas infracciones se consideran una falta contra la tranquilidad de las personas y pueden resultar en multas equivalentes a 1 a 10 veces la Unidad de Medida, es decir, entre 103.74 pesos y 1,037.4 pesos, arresto de 6 a 12 horas o trabajo comunitario de 3 a 6 horas.

Por otra parte, el Artículo 19 de la Ley de Cultura Cívica establece las sanciones por no recoger los desechos de los perros en espacios públicos. En este caso, la multa puede ser de 11 a 40 Unidades de Medida, lo que equivale a una cantidad entre 1,141.41 pesos y 4,149.6 pesos, arresto de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de 6 a 12 horas.

Asimismo, el Artículo 28 de la ley aborda las sanciones por ataques de perros. Los propietarios deben tomar las medidas de seguridad necesarias para prevenir agresiones a ciudadanos y otros animales. En caso de lesiones graves, la multa puede ser de 1,141.14 pesos a 4,149.6 pesos, arresto de 13 a 24 horas o trabajo comunitario de 6 a 12 horas. Si las heridas pueden sanar en menos de 15 días, se puede establecer un monto de reparación del daño entre las partes involucradas.

Es importante tener en cuenta que solo el personal autorizado de la Secretaría de Seguridad Ciudadana puede presentar a los infractores ante el Juzgado Cívico. Además, las sanciones solo se aplicarán si se presenta una queja previa por parte de los afectados.

Con estas medidas y sanciones, las autoridades buscan promover la convivencia pacífica y segura entre los dueños de mascotas y el resto de la comunidad, fomentando una cultura de responsabilidad y respeto hacia los demás. Cumplir con estas normas no solo garantiza un entorno más limpio y saludable, sino que también contribuye al bienestar de todos los habitantes de la Ciudad de México.