Impugnarán expresidentes nacionales del PRI convocatoria para reelegir a “Alito”

Los presidentes nacionales del PRI, Pedro Joaquín Coldwell y Enrique Ochoa Reza, con el respaldo de Dulce María Sauri y Manlio Fabio Beltrones impugnaron la convocatoria.

Los presidentes nacionales del PRI, Pedro Joaquín Coldwell y Enrique Ochoa Reza, con el respaldo de Dulce María Sauri y Manlio Fabio Beltrones impugnaron la convocatoria al proceso de elección interna del partido, que permitirá la reelección de Alejandro Moreno Cárdenas el 11 de agosto, y piden que se suspenda el proceso, pues está basado en los resolutivos de la XXIV Asamblea Nacional que están impugnados, amén que el Instituto Nacional Electoral (INE) no los ha validado.

El viernes 12 de julio el presidente de la Comisión de Procesos Internos del PRI emitió la convocatoria para el proceso interno ordinario de elección de las personas titulares de la presidencia y de la secretaría general del CEN del PRI para el periodo estatutario 2024-2028, conforme a los estatutos reformados el pasado 7 de julio y para que los comicios se realicen el 11 de agosto, por parte de la Asamblea de los Consejeros Nacionales.

Enrique Ochoa Reza y Pedro Joaquín Coldwell, con el respaldo de Dulce María Sauri Riancho y Manlio Fabio Beltrones, consideraron que la emisión de la convocatoria es totalmente ilegal, al contravenir expresamente lo previsto los artículos 173, párrafo 2 de los Estatutos y 14, párrafos 1 y 4 del Reglamento para la Elección de Dirigentes, en tanto su publicación coincide con los procesos electorales federales y en las entidades federativas.

Enrique Ochoa Reza y Pedro Joaquín Coldwell, con el respaldo de Dulce María Sauri Riancho y Manlio Fabio Beltrones, consideraron que la emisión de la convocatoria es totalmente ilegal, al contravenir expresamente lo previsto los artículos 173, párrafo 2 de los Estatutos y 14, párrafos 1 y 4 del Reglamento para la Elección de Dirigentes, en tanto su publicación coincide con los procesos electorales federales y en las entidades federativas.

Las consecuencias que podría generar el no suspender los actos reclamados hasta que se resuelve el fondo del asunto por parte de esa autoridad, podría ocasionar que se lleve a cabo un proceso de renovación sobre la base de normas estatuarias que no han entrado en vigor para efectos generales, mismas que el INE podría determinar inconstitucionales e ilegales en el momento oportuno y, con ello, retrotraer los efectos de dicho proceso como si no se hubiere realizado.

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