Serán obligados padres agresores a ceder pasaporte de hijos

SCJN reconoce validez de entrega de pasaporte de niños menores, en tanto un juez determina la custodia en casos de violencia intrafamiliar

Con mayoría de seis votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, aprobó declarar la validez del artículo 63, fracción XI, de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la CDMX, que prevé como medida de protección, ordenar a personas agresoras, entregar el pasaporte de sus hijas e hijos menores de 18 años, para su resguardo, proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

El proyecto destaca que la medida busca prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como salvaguardar los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Ello, en tanto el juez de lo familiar determina la custodia o el régimen de visitas, según sea el caso, como lo precisó el proyecto, que recibió el reconocimiento de las y los ministros del Alto Tribunal, pues se apega a la obligación de juzgar con perspectiva de género, velando por el interés superior de la niñez como principio orientador de la función jurisdiccional.

Con mayoría de seis votos, el Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, aprobó declarar la validez del artículo 63, fracción XI, de la Ley de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia de la CDMX, que prevé como medida de protección, ordenar a personas agresoras, entregar el pasaporte de sus hijas e hijos menores de 18 años, para su resguardo, proyecto presentado por la ministra Yasmín Esquivel Mossa.

El proyecto destaca que la medida busca prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres, así como salvaguardar los derechos de niñas, niños y adolescentes.

Ello, en tanto el juez de lo familiar determina la custodia o el régimen de visitas, según sea el caso, como lo precisó el proyecto, que recibió el reconocimiento de las y los ministros del Alto Tribunal, pues se apega a la obligación de juzgar con perspectiva de género, velando por el interés superior de la niñez como principio orientador de la función jurisdiccional.

La Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) recomienda no sacar a los hijos del país sin el consentimiento expreso de ambos padres, o sin una orden judicial que lo avale. De otro modo, podrían denunciarte de sustracción ilegal de menores.

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