Organizan Secretaría General de Gobierno y Dirección General de Desarrollo Político del Estado de México, capacitaciones que ayudan a contribuir la profesionalizar a las Organizaciones de la Sociedad Civil.
La participación social de los vecinos y habitantes de un municipio inicia desde la integración y elección del Ayuntamiento, el órgano de representación que se renueva cada tres años y está integrado por Presidente municipal, Síndico y Regidores, puntualizaron especialistas en Derecho y consultoría jurídica, quienes fueron invitados a contribuir con sus aportaciones y capacitación a las Organizaciones de la Sociedad Civil (OSC), a través de la videoconferencia “La participación ciudadana en el municipio mexicano”.
Organizada por la Secretaría General de Gobierno y la Dirección General de Desarrollo Político del Estado de México, en ella se puntualizó que el municipio es la institución jurídico-política más antigua, siendo, ante todo, un ente jurídico y una creación del Estado, al que se le otorga personalidad jurídica, lo que lo hace sujeto de derechos y obligaciones.
En este sentido, la primera institución jurídico formal que hubo en el territorio nacional fue el municipio, el cual fue fundado en el año de 1519.
Ley Orgánica Municipal en su artículo 16 señala la manera de integrar un ayuntamiento, es decir, será de acuerdo con el número de habitantes que tenga el municipio, a mayor número de población mayor número de regidores.
Las principales funciones y facultades del Ayuntamiento, así como las atribuciones de los Consejos de Participación Ciudadana, destacan la realización de los programas municipales, la participación en la supervisión de la prestación de los servicios públicos, además de que las organizaciones sociales serán integradas por miembros del municipio, a fin de que participen en el desarrollo vecinal, cívico y en beneficio colectivo de las comunidades.