No se juntaron las firmas, no habrá revocación de mandato en alcaldías Miguel Hidalgo y Xochimilco

IECM hará la notificación correspondiente a las personas representantes de los Comités Promotores dentro de los dos días hábiles siguientes.

El consejo general del Instituto Electoral de la Ciudad de México (IECM) determinó que no habrá revocación de mandato para Mauricio Tabe y José Carlos Acosta, alcaldes de Miguel Hidalgo y Xochimilco, respectivamente, al no contar con el porcentaje del 10% de las firmas recabadas en cada demarcación.

En sesión urgente, los consejeros electorales indicaron que los Comités Promoventes de las revocaciones no cumplieron con el 10% de la lista nominal de la demarcación, por lo que no pudo aclararse como procedente la solicitud.

En los dictámenes, se precisa que en el caso de la alcaldía Miguel Hidalgo, la solicitud del Comité Promotor cuenta con el apoyo de 30 mil 16 personas, que representante el 9.53% de la Lista Nominal de Electores en dicha demarcación; mientras que en Xochimilco, las solicitudes de los Comités Promotores que solicitaron el proceso cuenta con el apoyo de 20 mil 369 ciudadanos, equivalente al 5.77% de la Lista Nominal.

Mauricio Huesca, consejero presidente de la Comisión de Participación Ciudadana, señaló “este Instituto da cuenta de los trabajos que ha llevado a cabo y quisiera agradecer a quienes integraron el Comité para llevar a cabo las actividades relacionadas con la elaboración de la pregunta de revocación”.

Por su parte, la consejera Carolina del Ángel Cruz, dijo que la reforma político-electoral de 2014 permitió la realización de este ejercicio, y destacó la participación de los ciudadanos que se da en este tipo de acciones que “motivan la participación política”.

Las irregularidades detectadas en la fase de verificación de los apoyos ciudadanos aportados para ambas solicitudes se dará vista a las autoridades competentes.

Una vez aprobados los acuerdos, el IECM hará la notificación correspondiente a las personas representantes de los Comités Promotores, dentro de los dos días hábiles siguientes a dicha aprobación.

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