Aprueban Diputados inclusión de los animales en la Carta Magna de México

La reforma constitucional no solo prohíbe el maltrato animal, sino que también establece que el Estado debe garantizar su cuidado y conservación.

La Cámara de Diputados de México aprobó un dictamen que reforma y adiciona los artículos 3, 4 y 73 de la Constitución, marcando un hito histórico en la protección y cuidado animal. La aprobación se realizó por unanimidad, con 450 votos a favor, y establece que los animales serán reconocidos formalmente en la Carta Magna, lo que implica un compromiso del Estado para garantizar su bienestar y prohibir su maltrato.

Este dictamen determina que los planes y programas de estudio deberán incluir la promoción de la protección animal, asegurando que las nuevas generaciones crezcan con una conciencia sobre el bienestar de los animales. Además, se faculta al Congreso para legislar sobre el cuidado y protección de los animales, estableciendo así un marco legal que involucra al Gobierno Federal, a las entidades federativas y a los municipios.

Igualdad Animal celebró esta inclusión histórica; “desde hoy, los animales son parte de la Carta Magna que por primera vez los menciona y establece el deber de protegerlos”, se lee en el documento.

La organización destacó que este cambio reconoce a los animales como individuos importantes y no solo como parte de un ecosistema. Dulce Ramírez, Directora de Igualdad Animal México, afirmó:

La reforma constitucional no solo prohíbe el maltrato animal, sino que también establece que el Estado debe garantizar su cuidado y conservación. Esto representa un avance significativo hacia un marco jurídico más robusto para la defensa animal en el país.

Ahora, la Constitución de México incluye a los animales en tres de sus artículos que fundamentan su protección en todo el país.

Las reformas fueron aprobadas por unanimidad en el Congreso de la Unión y respaldadas por la mayoría de los Congresos estatales, reflejando un creciente interés social por la protección animal.

Destacadas: