Aprueban reforzar penas contra extorsión a comerciantes en Edoméx

Se trata de favorecer un nuevo tipo penal y la protección de personas y unidades económicas.

A fin de adicionar al Código Penal del Estado de México como delito aquellas conductas encaminadas a generar un alza de precios, como la extorsión a comerciantes, conducta delictiva que se está presentando y propagando en algunas regiones del Estado de México, en reunión de trabajo de la Comisión de Procuración y Administración de Justicia, se aprobó el dictamen y el proyecto de decreto a la iniciativa que presentó el titular de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México (FGJEM), José Luis Cervantes Martínez.

Se mencionó que se trata de favorecer un nuevo tipo penal y la protección de las personas y unidades económicas en el desarrollo de la actividad económica; también busca actualizar el Código Penal del estado y favorecer disposiciones acordes con la realidad de los mexiquenses “sancionando conductas delictivas recientes que atentan la economía de la población”.

El presidente de la Comisión Legislativa, el diputado Gerardo Ulloa, agregó que la iniciativa sufrió modificaciones, en donde “la realidad social es un fenómeno cambiante y las leyes se deben ajustar a esa realidad.

Dijo que la iniciativa fue objeto de un trabajo coordinado que permitió eliminar los conceptos de competencia desleal y distorsión del mercado, los cuales daban la idea de que con la reforma se regularía una materia diversa a la penal.

En la sesión de trabajo, se dio lectura a la introducción y antecedentes de la iniciativa, así como al decreto que sufrió modificaciones, se hicieron adiciones sobre los delitos a la economía a quien por medio de violencia obligue a una persona o unidad económica, a comprar, obtener o adquirir a otra persona comercio o empresa, determinados bienes, insumos, mercancías o servicios para su giro comercial.

En el caso del segundo, a vender o distribuir bienes, insumos, mercancías o servicios a personas o empresas determinadas, y en el tres, imponer o fijar en una localidad o región un precio mayor, por encima del mercado para la venta de bienes, mercancías, insumos o para la prestación de un servicio.

Al responsable de este delito, de acuerdo al dictamen, se le impondrá de 6 a 10 años de prisión y de mil a mil 500 unidades de medida de actualización, son circunstancias que agravan la penalidad de este delito y se sancionarán además de las penas señaladas en el párrafo anterior, con los siguientes, si en la comisión de este delito participan 2 o más personas, se impondrá de 3 a 5 años de prisión y de 500 a 800 días de multa, cuando en la comisión de este delito, él o los sujetos activos se ostenten como miembros de alguna organización o grupo delictivo se impondrá de 7 a 15 años de prisión, de mil 300 a 2 mil días de multa.

Cuando el delito sea cometido por algunas personas que tengan el carácter de servidor público, se impondrán de 8 a 20 años de prisión y de mil 500 a 2 mil 500 días de multa.

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