Desechan juicio político contra exgobernador Alfredo del Mazo

El Congreso del Estado de México, constituido en Gran Jurado de Sentencia, declaró improcedente el proceso.

El Congreso del Estado de México, constituido en Gran Jurado de Sentencia, desechó la denuncia de juicio político en contra del ex gobernador Alfredo del Mazo Maza, el ex secretario de Justicia y Derechos Humanos, Rodrigo Espeleta Aladro y 52 legisladores integrantes de la 60 Legislatura, por la solución del diferendo limítrofe entre Cuautitlán Izcalli y Cuautitlán, México, en 2021.

En Sesión Jurisdiccional, de acuerdo al dictamen elaborado por la Sesión Instructora, la denuncia del ciudadano Gerardo Fuentes Ruiz, de someter a juicio político al ex gobernador Alfredo del Mazo Maza y al ex secretario de Justicia y Derechos Humanos, fue desechada.

Se solicitaba el procedimiento porque dieron su aval y promulgaron el Decreto 334 sobre la decisión de las y los legisladores: Se declaró improcedente y se desechó porque – se expuso – actuaron conforme a sus facultades legales y constitucionales.

En el caso de los legisladores, la denuncia se desechó en virtud de que, conforme a las constituciones estatal y federal, el juicio político no procederá cuando se trate de declaraciones, votaciones o la expresión de las ideas de las y los diputados, a quienes se les debe respetar su fuero.

En un primer momento el Congreso ya había desechado la denuncia, no obstante, ante un amparo concedido al ciudadano Gerardo Fuentes, el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito ordenó a la LXI Legislatura proseguir con la queja y remitirla a la Sección Instructora para que determinara o procedencia, mandato que atendió con puntualidad.

El procedimiento por medio del cual la 60 Legislatura dio solución al diferendo limítrofe entre Cuautitlán Izcalli y Cuautitlán México que decidió la pertenencia sobre las comunidades de La Capilla y El Sabino, es reglamentario de la Ley en la materia, y por ende no puede causar perjuicio grave al Estado ni al interés público, además que se apegó a derecho y sí concedió audiencia legal a las partes.