-El objetivo es fortalecer la seguridad industrial y operativa en las actividades de transporte y distribución de Gas LP para reducir riesgos a la población y al medio ambiente
El Gobierno de México, a través de la Secretaría de Energía (SENER), presentó la Nueva Regulación de Seguridad para el transporte y distribución de Gas LP, que consta de dos nuevas normas: NOM-EM-006-ASEA-2025 y NOM-EM-007-ASEA-2025, las cuales serán enviadas para su publicación mañana 3 de octubre en el Diario Oficial de la Federación (DOF).
La Presidenta de México, Claudia Sheinbaum Pardo, destacó que con esta nueva regulación se busca que el transporte y distribución de Gas LP tenga una mayor inspección, con un monitoreo constante a través de GPS, un regulador de velocidad y una mayor seguridad industrial para evitar fugas.
Afirmó que todos contarán con un GPS, además de tener un centro de monitoreo y vigilancia que va a estar en la Secretaría de Energía. Habrá obligatoriedad de tener control en la velocidad. Entra toda la regulación que tiene que ver con seguridad industrial, no con transporte.
La secretaria de Energía, Luz Elena González Escobar, detalló los aspectos más relevantes de las dos normas emergentes, NOM-EM-006-ASEA-2025 y la NOM-EM-007-ASEA-2025; las cuales fortaleceran el cumplimiento de los programas de mantenimiento de las unidades de transporte.

Además de que será obligatorio presentar ante la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) la comprobación del cumplimiento de estos programas a las unidades.
Para incrementar la seguridad y disminuir el riesgo se exigirá la acreditación de pruebas de seguridad: No solo se requerirán las inspecciones visuales externas, sino también inspecciones visuales internas de los contenedores de los vehículos. De forma periódica se deberán presentar pruebas de presión hidrostática de todas las unidades. *
Se establece la obligatoriedad de contar con programas de capacitación técnica y práctica para acreditar a los operadores de las unidades a través de un estándar de competencia específico desarrollado por la ASEA, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes, la Secretaría de Energía, con el aval del Consejo Nacional de Normalización, Certificación de Competencias Laborales (CONOCER).
Se obliga a que las unidades cuenten con aditamentos de control de velocidad conocidos como “gobernadores de velocidad” y con GPS.
Informó que la norma emergente NOM-EM-006-ASEA-2025 para el transporte de Gas LP tendrá un plazo de cuatro meses para su cumplimiento, mientras que en el caso de la NOM-EM-007-ASEA-2025, referente a la distribución se tendrán cuatro meses para su implementación en las unidades con capacidad mayor a 5 mil litros y antigüedad mayor a 10 años, en tanto que, el resto tendrán los siguientes 6 meses para demostrar su cumplimiento.
 
 
 

















