-Aseguró que con la entrega pactada no se afectarán los recursos hídricos ni el consumo humano o la actividad agrícola nacional.
Aseguró la presidenta Claudia Sheinbaum que México no está entregando a Estados Unidos agua que no tenga disponible, tampoco entregará recursos hídricos que puedan afectar el consumo humano o la actividad agrícola nacional; así lo señalaron al defender el acuerdo alcanzado entre ambos países en el marco del Tratado de Aguas de 1944, en un contexto de sequía extrema en la cuenca del río Bravo.

La presidenta explicó que la entrega de agua acordada con Estados Unidos se determinó a partir de un análisis de distintas cuencas, sin rebasar lo establecido en el tratado ni comprometer las necesidades de la población mexicana.
Detalló que la parte estadounidense había realizado una solicitud de que la entrega se realizara antes del 31 de diciembre; sin embargo, México planteó que esta acción no sería viable ni técnica ni ambientalmente, debido a las consecuencias que tendría hacerlo en un periodo tan corto. Por lo que se logró un acuerdo para ampliar los plazos de entrega.

La presidenta afirmó que es errónea la narrativa de que México no haya querido entregar agua, lo que es totalmente incorrecto; afirmó que el principal problema es que no ha llovido lo suficiente, señalando que la sequía prolongada ha limitado la disponibilidad del recurso en los últimos años.
A raíz de haber establecido un convenio, se comenzó con la liberación de 249.163 millones de metros cúbicos de agua que México entregará a Estados Unidos, como parte de un entendimiento bilateral alcanzado recientemente.

Fue la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) quien informó que estas entregas se apegan estrictamente a la disponibilidad hidrológica real, a los límites operativos de la infraestructura y al respeto del derecho humano al agua y de la producción agrícola en la frontera norte.
La Cancillería fue quien informó que ambos gobiernos acordaron una ruta técnica para atender tanto el ciclo actual como el déficit del quinquenio anterior, conforme al artículo 4 del Tratado de 1944, considerando la cantidad de lluvias registradas en cada periodo.

 
 
 






















