18 años de cárcel a quien filtre información de víctimas de feminicidios: Senado

El pleno del Senado de la República avaló establecer en el Código Penal Federal una sanción de hasta 18 años de prisión a los funcionarios que graben, difundan y distribuyan imágenes de cadáveres de mujeres, adolescentes y niños víctimas de violencia.

La misma pena está considerada para periodistas, youtubers, personas o representantes de medios de comunicación que difundan el material audiovisual de las víctimas.

La reforma, que se envió a la Cámara de Diputados, contempla también multas de hasta 232 mil pesos a quienes incurran en este tipo de prácticas.

La senadora por Morena, Olga Sánchez Cordero, precisó que la reforma al artículo 225 del Código Penal Federal, en materia de delitos cometidos contra la administración de justicia, establece sanciones a quien difunda, entregue, revele, publique, exponga, distribuya, grabe, fotografíe, reproduzca, comercialice, oferte, intercambie, copie o comparta a quien no tenga derecho, imágenes, audios, videos o cualquier tipo de información o evidencia que esté contenida en una carpeta de investigación o en un proceso penal, que por disposición legal sea reservada o confidencial.

La propuesta plantea garantizar la seguridad, intimidad, dignidad, protección, bienestar físico y psicológico, de las víctimas u ofendidos, toda vez que la divulgación de información e imágenes de las víctimas de algún delito constituye claramente una lesión a la dignidad de las personas y a la memoria de las víctimas.

Asimismo, se busca un incremento en las penas cuando las víctimas u ofendidos sean niñas, niños, adolescentes, mujeres o que la información corresponda a cadáveres.

Cabe recordar que, en febrero de 2020, se difundieron las fotografías del cuerpo de una víctima de feminicidio en noticieros, diarios y periódicos, y hasta en redes sociales, siendo este el caso de Ingrid Escamilla Vargas.