Prohíben en Oaxaca que deudores alimentarios ocupen cargos públicos

El decreto aplicará en los tres poderes del estado, así como en los organismos autónomos y electorales, y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del estado.

Luego de siete meses en la congeladora, el Congreso de Oaxaca aprobó la reforma a la Constitución local para prohibir que las personas condenadas por violencia familiar, delitos sexuales o deudoras alimentarias ocupen cargos públicos y de elección popular

La legisladora morenista reconoció la intervención del gobernador, Salomón Jara al sumarse a la acción afirmativa enviando el paquete de reformas a la Constitución Política Local y a diversas leyes estatales para restringir el acceso a cargos públicos a personas que estén inscritas en el Registro de Deudor Alimentario Moroso.

La reforma a la Constitución de Oaxaca impedirá el acceso a cargos públicos y de elección popular a mujeres y hombres que hayan sido condenadas o condenados mediante resolución firme por delitos cometidos por razones de género; por violencia familiar, por delitos sexuales y no estar inscrito como persona deudora alimentaria morosa en cualquier registro oficial a menos que acredite estar al corriente del pago, cancele en su totalidad la deuda o bien, tramite el descuento pertinente ante las instancias que así correspondan, en términos de lo dispuesto en la ley de la materia.

El decreto aplicará en los tres poderes del estado, así como en los organismos autónomos y electorales, y entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del estado.

Sin embargo, Rueda Gómez anotó que la incipiente “Ley 3 de 3” en Oaxaca, aún está incompleta, en tanto, no se hagan las modificaciones a las leyes secundarias, sobre todo, si se mantiene la condena como “resolución firme”.